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Concurso de acreedores Servi Ortega Moia Sl

El 10-12-2013, Servi Ortega Moia Sl, en MOIA (Barcelona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B60539525. La actividad (principal) de Servi Ortega Moia Sl es actividades de construcción especializada.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Servi Ortega Moia Sl
Localidad:
MOIA
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B60539525
Número de insolvencia:
B60539525
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
MANRESA 2
08180 MOIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-01-2014
A140003202
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto de declaración de concurso

Don Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona, dicto el presente Edicto al objeto de dar publicidad al Auto de Declaración de Concurso dictado por este Juzgado:

Número de asunto.- Concurso 798/2013, Sección G.

NIG.- 08019 - 47 - 1 - 2013 - 8006118.

Fecha del auto de declaración.- 10/12/13.

Clase de concurso: Voluntario abreviado

Entidad concursada.- Servi Ortega Moia, S.L., con domicilio en Moià (Barcelona), Ronda de les Conques, n.º 2, Polígono Industrial El Prat, con CIF n.º B-60539525.

Administradores concursales.- D. Juan Díaz Albacete, como titulado mercantil.

Dirección Postal: C/ Mallorca, n.º 144, 1.º 2.ª (08036) Barcelona.

Dirección electrónica: serviortega@gespymebcn.com,

Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el BOE.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles.

Barcelona, 2 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.

Informes
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