Edicto
Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,
Hago saber:
Que en el concurso voluntario n.º 508/2013, se ha acordado mediante auto de esta fecha la apertura de la fase de liquidación de conformidad con lo prevenido en el art. 142 de la Ley Concursal, el cual es del tenor literal siguiente:
"Juzgado Mercantil número 1 de Girona
Avinguda Ramón Folch, 4-6.
Girona.
Procedimiento concurso 508/2013.
Parte demandante: Ter Trans, S.L.
Procuradora: Doña Esther Sirvent Carbonell.
Auto
Magistrado-Juez: Don Hugo Novales Bilbao.
En Girona, 9 de diciembre de 2013.
Antecedentes de hecho
Primero.-Que por auto de fecha 17.09.2013 se acordó declarar en estado de concurso voluntario a la entidad mercantil Ter Trans, S.L.
Segundo.-Que en fecha 29.11.2013 la Procuradora Sra. Esther Sirvent Carbonell, en nombre y representación de la concursada y al amparo de lo dispuesto en el artículo 142.1 de la LC, solicita la apertura de la fase de liquidación.
Fundamentos de Derecho
Primero.-Dispone el artículo 142.1 de la Ley Concursal que, el deudor podrá pedir la liquidación en cualquier momento. Dentro de los diez días siguientes a la solicitud el Juez dictará auto abriendo la fase de liquidación.
Segundo.-Abierta la fase de liquidación procede acordar lo previsto para la misma en los artículos 144, 145, 146, 148 y 167.1 de la LC.
Parte dispositiva
Acuerdo: Abrir la fase de liquidación del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Ter Trans, S.L., formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.
Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el título III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución de la entidad concursada Ter Trans, S.L. y el cese de los Administradores o Liquidadores de la misma, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.
Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.
Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona.
En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la LEC).
Así lo mando y firma el Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil número 1 Girona; de lo que doy fe.
El Magistrado-Juez. El Secretario Judicial."
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.
Girona, 9 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.