D.ª Carmen Montaner Zueras, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza,
Hago saber: Que en el concurso 503/2013-A, referente al concursado Forjados y Transformados, S.L., C.I.F. B50179308 por auto de fecha 12/02/2014, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil Forjados y Transformados, S.L., cesando en su función sus administradores que serán sustituidos por la administración concursal: Legal y Económico Administradores Concursales, S.L.P.
Dirección postal: calle Don Jaime I, 41, 1.º dcha., 50003-Zaragoza.
Dirección electrónica:forjadosytransformados@legalyeconomico.com
Teléfono: 917587512.
Zaragoza, 12 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.
Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Zaragoza, hago saber:
1.º Que en el concurso 503/2013-A, referente al deudor Forjados y Transformados, S.L., CIF B50179308, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias a su costa.
2.º Dentro del plazo de diez días computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.º Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la L.C).
4.º Las partes no personadas en el concurso podrán presentar propuestas ordinarias de convenio el plazo de cinco días que se computará desde la última publicación del edicto.
5.º En caso de no presentar propuestas de convenio en el plazo citado, se abrirá de inmediato la fase de liquidación.
Zaragoza, 30 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
D.ª María Jesús López Marín, Secretaria Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:
1.- Se ha declarado concurso que se sigue con el n.° 503/13-A, y NIG 50297 47 1 2013 0001097.
2.- Carácter del concurso: Voluntario y abreviado.
3.- Fecha de declaración: 17/12/2013.
4.- Deudor en concurso: Forjados y Transformados, S.L., CIF B50179308, con domicilio social en Calatorao (Zaragoza), Camino del Tejar, s/n.
5.- Facultades de administración: Intervenidas.
6.- No ha solicitado la liquidación.
7.- Administración concursal: Legal y Económico Administradores Concursales, S.L.P., CIF B86346160.
Dirección postal: Calle Don Jaime I, 41, 1.° dcha, 50003 Zaragoza. Dirección electrónica: forjadosytransformados@legalyeconomico.com. Teléfono: 917587512.
8.- Plazo de comunicación de créditos: Un mes, directamente a la administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior. No se admitirán comunicaciones de crédito en el Juzgado.
9.- Personación: Por medio de Abogado y Procurador.
Zaragoza, 23 de diciembre de 2013.- La Secretario Judicial,
PARTE DISPOSITIVA: Acuerdo: 1.- Declarar en concurso a FORJADOS Y TRANSFORMADOS S.L., NIF B50179308, con domicilio social en Calatorao (Zaragoza), Camino del Tejar, sin número, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza al tomo 2577, folio 161, hoja Z-10537, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual. 2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación del concursado, al Procurador d. ANGEL ORTIZ ENFEDAQUE, con quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones. 3.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario. 4.- Indicar que el deudor no ha solicitado la liquidación de su patrimonio. 5.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas. 6.- La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por: A LEGAL Y ECONOMICO ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP NIF B86346160. 7.- Comunicar el nombramiento a la administración designada haciéndole saber que en el plazo de cinco días siguientes al recibo de la comunicación (artículo 29 de la LC) , deberá comparecer ante este órgano judicial y manifestar su aceptación o no del cargo, apercibiéndosela que se encuentra sometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del articulo 28 de la LC. 8.- Hágase saber a la administración concursal que, de conformidad con el artículo 191 de la LC, el plazo para presentar el inventarío de bienes y derechos de la masa activa es de quince días, contados a partir del día siguiente a la aceptación del cargo; y que el plazo para presentar el informe será de un mes a contar desde el mismo momento que el anterior. De conformidad con el artículo 192, la administración concursal, con una antelación mínima de cinco días, previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores. 9.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º, 84 y 85 de la LC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de un mes, a contar desde el di a siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo. ello. 10.- Realizar por la administración concursal, una vez acepte el cargo y sin demora alguna, una comunicación individualizada, en los términos previstos en el articulo 21.4 de la LC. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la AEAT y a la TGSS a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Rutas de acceso: Rutas de acceso: A) aeat: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede//Inicio/Inicio.shtml Procedimientos, Servicios y Trámites (Información y Registro) Otros Servicios-Comunicación Administración concursal. B) tgss: https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/index.htm Registro electrónico-Acceso al Registro-Otros procedimientos-comunicación de la Declaración de concurso por parte de la Administración Concursal a Tesorería General de la Seguridad Social. (Es necesario certificado digital o DNI electrónico) Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. 11. Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de La LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de anuncios de este órgano judicial. 12.- Expedir los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en e1 artículo 24 de la LC, que serán entregados a la representación procesal del concursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales previstos, en concreto, Registro Mercantil de Zaragoza, haciéndoles saber que hasta que no sea firme la presente resolución, la anotación se hará con carácter preventivo, sin perjuicio que se proceda a la inscripción definitiva, una vez que conste la firmeza. 13.- El concursado tiene bienes y derechos inscritos en registros públicos. Dado que de la documentación presentado se desprende le existencia de otros bienes inmuebles propiedad de la concursada, se le requiere para en el plazo de tres días, en su caso, complete el inventario presentado facilitando la identificación registral. 14.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. 15.- Poner en conocimiento del concursado el deber de comparecer personalmente ante este órgano judicial y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y e1 de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. 16.- Comunicar la declaración de concurso al Juez Decano de Zaragoza para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia y al Delegado del Decano en los Juzgados de lo Social de esta localidad. Así mismo, comuníquese dicha declaración a los demás Juzgados de lo Mercantil de esta localidad y al Juzgado Decano de La Almunia. 17.- Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidan en cumplimiento de lo ordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para que los diligencie de inmediato, y acredite a este órgano judicial haber presentado los despachos en el plazo de cinco días. 18.- Abrir la fase común de tramitación del concurso y formar las Secciones segunda, tercera y cuarta, ordenándose en cuantas piezas sean necesarias o convenientes, cada una de estas secciones, se encabezará por el testimonio de la solicitud y del Auto. 19.- El presente auto producirá sus efectos de inmediato y será ejecutivo aunque no sea firme 1a presente resolución. Notifíquese a TGSS, AEAT, FOGASA y GOBIERNO DE ARAGON.