Edicto
El Juzgado Mercantil (Huelva) anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número Concursal - Sección 5ª (Convenio y liquidación) 144/2013 se ha dictado con fecha 25/09/2013 Auto de conclusión del concurso.
2.- En la citada resolución se acuerda el cese de la limitación de facultades del concursado y la extinción de la sociedad concursada Promociones Arc Dome 6000, S.L.. A dichos efectos, se librarán mandamientos Registro Mercantil para la inscripción de la conclusión, la extinción de la sociedad y el cierre de la hoja registral de la entidad concursada.
3.- Se decreta el cese de la Administración Concursal.
4.- Contra el auto de conclusión no cabe recurso alguno, dada su naturaleza firme.
Huelva, 25 de septiembre de 2019.- Letrada de la Aministración de Justicia, Adela Moreno Blanco.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Huelva anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 144/2013 referente al deudor PROMOCIONES ARC DOME 6000, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial de Estado y en, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Huelva, 7 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Huelva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 144/2013, con NIG 2104142M20130000140, por auto de 22/11/2013 se ha declarado en concurso necesario al deudor Promociones Arc Dome 6000, SL, con domicilio en CL. Nuevo Mundo, núm. 7, 21130 Moguer, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Huelva
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C.A. estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Alcabala Auditores, SLP, con domicilio postal en C/ Arquitecto Pérez Carasa, n.º 5, 2 C, de Huelva, y dirección electrónica del concurso: promocionesarc@articulo27.es.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184,3 LC).
Huelva, 11 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.