Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Cerro Brown Sl

El 25-11-2013, Cerro Brown Sl, en ARROYOMOLINOS (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B84095371. La actividad (principal) de Cerro Brown Sl es servicios de comidas y bebidas.
Se ha abierto la fase de liquidación.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Cerro Brown Sl
Localidad:
ARROYOMOLINOS
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B84095371
Número de insolvencia:
B84095371
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
NACIONAL V, KM 23,5 XANADU 23 0
28939 ARROYOMOLINOS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-08-2014
A140035946
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid,

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal número 541/2013 referente al deudor CERRO BROWN, S.L., se ha presentado el informe de la Administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.º Dentro del plazo de diez días, los interesados no personados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

El plazo de los diez días para los personados contará a partir de la notificación de la resolución que tiene por presentado el informe.

3.º Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Madrid, 2 de julio de 2014.- Secretario Judicial.

02-08-2014
A140035956
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid,

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 541/2013 referente al concursado Cerro Brown, S.L., se ha dictado auto de fecha 2 de julio del 2014 en el que se ha acordado lo siguiente:

1.º Abrir la fase de liquidación.

2.º La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC.

3.º Declarar disuelta la concursada, con Cerro Brown, S.L.,cesando en su función de los liquidadores de la entidad concursada, que serán sustituidos por la Administración concursal.

Madrid, 2 de julio de 2014.- Secretario Judicial.

19-12-2013
A130066976
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 541/13 se ha dictado auto por el Juez don Jesús Alemany Eguidazu de fecha 25 de noviembre de 2013 declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Cerro Brown, S.L.U., con CIF B-84095371, con N.I.G. 28079100074222013.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC.

- La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal doña María Belén Veleiro Reboredo, en calle Ferraz, 35, 5.º, 28008 Madrid, con correo electrónico bveleiro@gmail.com

- No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.

4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.).

Madrid, 28 de noviembre de 2013.- Secretario Judicial.

Informes
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