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Concurso de acreedores terminado Masqueplayas Booking On Line Sociedad Limitada

El 24-10-2013, Masqueplayas Booking On Line Sociedad Limitada, en ARUCAS (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B76088905. La actividad (principal) de Masqueplayas Booking On Line Sociedad Limitada es actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Masqueplayas Booking On Line Sociedad Limitada
Localidad:
ARUCAS
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B76088905
Número de insolvencia:
B76088905
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Actividades administrativas y servicios auxiliares
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
JUAN GONZALEZ SANTANA 'EL CARTERO' 2
35400 ARUCAS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-09-2020
A200040241
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 0000295/2013, se ha dictado en esta fecha Auto núm. 178/2020 declarando la conclusión del concurso de la mercantil Masqueplayas Booking On Line S.L., con CIF B76088905, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de Masqueplayas Booking On line S.L.., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos:

1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado, salvo las que se contengan en la sentencia de calificación, y cesará la administración concursal.

2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.

3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Las Palmas de Gran Canaria, 14 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

12-08-2014
A140041531
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000295/2013, seguido en virtud de la declaración de concurso de Masqueplayas Booking On Line, S.L. con CIF n.º B76088905, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 31 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.

18-12-2013
A130067748
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Dña. María Victoria Basanta Eiras Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000295/2013, seguido a instancias del Procuradora Dña. Ajei Betancor Pérez, en nombre y representación de Masqueplayas Booking On Line, S.L., se ha dictado Auto el día 24 de octubre de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Masqueplayas Booking On Line, S.L., con CIF n.º B76088905, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. Don Octavio Morales García, Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de la calle Olof Palme, n.º 43, 1.º, 35010, Las Palmas de Gran Canaria, Tel 928269005, Fax 928 226795, 654309493; e-mail octavio.mg@hotmail.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 3 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
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